La mujer recibe el 41% menos que el hombre en prestaciones privadas cuando accede a la jubilación
Si la mujer cobra de media un 30% menos, aporta un 20% menos a Planes de Pensiones (1.798 euros anuales, frente a 2.156 euros de los hombres), obtiene un 41% menos en prestaciones privadas y un 38% en la pensi;n p;blica y, adem;s, vive 5 a;os m;s que el hombre, ;cu;l ser; su calidad de vida cuando se jubile? Es la pregunta que plantea el estudio ;Impacto de las pensiones en la mujer. Jubilaci;n y calidad de vida;, realizado por el Iese para VidaCaixa con la colaboraci;n de la Fundaci;n La Caixa, y presentado en Barcelona por N;ria Chinchilla (profesora del Iese Business School), Tom;s Muniesa (vicepresidente ejecutivo y consejero delegado de VidaCaixa) y Jaime Lanaspa (director general de la Fundaci;n La Caixa).
El informe se;ala que el aumento de la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad ponen en peligro la calidad de vida de las generaciones futuras y, en particular, de las mujeres. El sistema p;blico de pensiones ;perpet;a y ampl;a las desigualdades que se producen en el mercado laboral entre hombres y mujeres;, Adem;s de una menor participaci;n de las mujeres en el mercado laboral y de un menor tiempo de dedicaci;n a un trabajo remunerado (12,8 a;os, la cifra m;s baja de Europa, que contrasta con los 43,4 a;os de los hombres), al tener que hacerse cargo del cuidado de los hijos peque;os y de los mayores dependientes, y de menores ingresos (el 77% del salario masculino), se est; produciendo una ;feminizaci;n de la vejez;.
El estudio hace 10 propuestas: Informar de la situaci;n real de la futura pensi;n; no dejar la calidad de vida futura s;lo en manos del Estado; complementar la pensi;n p;blica desde el inicio de la vida laboral; planificar la jubilaci;n, sobre todo las mujeres que interrumpen su vida laboral por cuidad hijos y dependientes; que el Estado aporte la cotizaci;n de jubilaci;n de las mujeres en caso de excedencias o reducciones de jornada mientras se dediquen al cuidado de hijos o dependientes; que el tiempo dedicado a la atenci;n de hijos y dependientes compute como cotizado a la Seguridad Social para la pensi;n de jubilaci;n; desgravaci;n fiscal del coste de cuidadores familiares, guarder;as y otros gastos siempre que se destine a ahorro para la jubilaci;n; desgravaci;n fiscal de la renta familiar de las aportaciones de ahorro para la jubilaci;n del padre o de la madre mientras permanezcan cuidando a hijos o dependientes; revisar la pensi;n de viudedad para no cotizantes; y fomentar entre los j;venes la cultura del ahorro a largo plazo.
fuente: Aseguranza
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