El Gobierno incrementa el baremo de indemnizaciones por accidente ferroviario
El Consejo de Ministros ha aprobado el incremento del baremo de indemnizaci;n por accidente ferroviario que actualmente fija el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros. El Gobierno afirma que en caso de accidente ferroviario en el servicio de viajeros, la persona accidentada o los beneficiarios del seguro percibir;n una indemnizaci;n que duplicar; la actual. La medida, a medio plazo, ;no tendr; repercusi;n apreciable en el precio del seguro;.
El Real Decreto por el que se introducen esos cambios tambi;n define las actuaciones para prestar una asistencia integral y una adecuada atenci;n y apoyo a las v;ctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares; el contenido m;nimo de los planes de protecci;n civil de las Comunidades Aut;nomas; regula las obligaciones de los planes de asistencia que han de elaborar las empresas ferroviarias y los administradores de infraestructuras ferroviarias; y regula la investigaci;n de los accidentes e incidentes ferroviarios y el funcionamiento de la Comisi;n de Investigaci;n de Accidentes Ferroviarios.
;Baremo de Indemnizaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros
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Euros
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1. Fallecimiento
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72.121,46
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2. Lesiones corporales:
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Primera categor;a
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84.141,70
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Segunda categor;a
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60.101,22
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Tercera categor;a
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54.091,08
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Cuarta categor;a
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48.080,96
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Quinta categor;a
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42.070,84
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Sexta categor;a
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36.060,72
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S;ptima categor;a
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30.050,60
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Octava categor;a
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24.040,48
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Novena categor;a
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18.030,36
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D;cima categor;a
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12.020,24
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Und;cima categor;a
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9.015,18
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Duod;cima categor;a
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7.212,14
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Decimotercera categor;a
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5.409,10
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Decimocuarta categor;a
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2.404,04
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fuente: Aseguranza
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