El Supremo da la razón a Mapfre y aplica el baremo de accidentes de tráfico en el accidente de Spanair
La Sala Civil del Tribunal Supremo (TS) ha fijado en 168.990 euros, m;s intereses, la indemnizaci;n que deber; abonar la aseguradora Mapfre a los padres y la hermana de uno de los 154 fallecidos en el accidente a;reo de un avi;n de Spanair el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Madrid-Barajas.
En su sentencia, fechada el 25 de mayo, estima el recurso de Mapfre contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que estableci; la indemnizaci;n en 235.632 euros, y la reduce a la cifra de 168.990 euros que fij; el Juzgado Mercantil n;mero 8 de Barcelona en primera instancia. De esta forma, aplica al caso el criterio orientativo del baremo previsto para los accidentes de tr;fico, incrementado en el porcentaje adicional del 50%.
El Supremo considera que el uso del criterio interpretativo del baremo de accidente de tr;fico es m;s adecuado que el Reglamento europeo 785/2004 sobre requisitos de seguros para compa;;as a;reas, ya que este ;ltimo ;no establece propiamente ning;n baremo destinado a valorar los da;os personales;.
No obstante, mantiene la aplicaci;n a la indemnizaci;n, como hizo la Audiencia barcelonesa, del inter;s de demora previsto en el art;culo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, ya que Mapfre, aseguradora de la desaparecida aerol;nea Spanair, conoc;a la existencia del siniestro desde el momento en que se produjo, y no cumpli; su obligaci;n de indemnizar en el plazo establecido en ese precepto legal.
El TS desestima, por su parte, el recurso que present; la familia demandante contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, por considerar que deb;an haberse concedido dos indemnizaciones: una por responsabilidad objetiva, y otra por responsabilidad subjetiva o culpa grave de los empleados de la aerol;nea. El alto tribunal se;ala que la legislaci;n no prev; la concesi;n de dos indemnizaciones distintas para un mismo da;o.
En su recurso, los demandantes solicitaban 235.632,50 euros por el primer concepto de responsabilidad objetiva y 2,5 millones por la responsabilidad asociada a los empleados de la aerol;nea (un mill;n por cada uno de los progenitores de la v;ctima y 500.000 euros por la hermana).
Mapfre era la aseguradora del avi;n de Spanair siniestrado por los da;os que pudieran sufrir los pasajeros, en una p;liza que cubr;a tambi;n los da;os sufridos por la aeronave y la responsabilidad frente a terceros. La aseguradora ha indemnizado a las v;ctimas del accidente de Spanair con 38,1 millones de euros, 15,9 millones de euros establecidos por sentencia firme y 22,2 millones de euros a trav;s de acuerdos amistosos.
La p;liza en vigor que ten;a contratada la aerol;nea ya desaparecida en el momento del accidente ascend;a a 1.500 millones de d;lares (1.317 millones de euros) que cubr;a la p;liza que la aerol;nea ten;a contratada. Los demandantes solicitaron, en alrededor de 200 reclamaciones, una cantidad cercana a los 300 millones de euros.
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